Albisteak

2020-02-21

Seis resoluciones del TAN, por otros tantos recursos de EH Bildu, advierten al tripartito de derechas que roza el ilícito penal al entregar información tarde a los grupos municipales de forma reiterada

NAAren sei ebazpenek, EH Bilduren beste hainbeste helegiteren bidez, eskuineko hirukoteari ohartarazi diote arau-hauste penala urratzen duela, udal taldeei informazioa berandu ematen dielako behin eta berriz IRUÑEA

El Tribunal argumenta que los retrasos, de hasta 5 meses cuando el Reglamento estipula 5 días, dejan sin contenido “derechos constitucionales” de los corporativos

Hasta seis resoluciones del Tribunal Administrativo de Navarra (TAN), publicadas entre 6 y el 13 de febrero, coinciden en advertir a los responsables del tripartito de derechas que si siguen retrasando la entrega de la información requerida por los grupos municipales estarán incurriendo en supuestos ilícitos por los que se les “podrán exigir responsabilidades ante el orden jurisdiccional competente”, en evidente referencia las jurisdicciones contencioso-administrativa y penal. Las resoluciones, muy similares en la parte expositiva de los fundamentos de derecho, reconocen expresamente que la dilación en la entrega de la información requerida por los y las concejales de EH Bildu “desvirtúa totalmente el derecho de los miembros de las Corporaciones Locales a obtener la información necesaria para el desempeño de sus cargos”.

Las resoluciones recuerdan que “una información adecuada es la condición imprescindible para participar adecuadamente en las deliberaciones y votaciones de los órganos colegiados municipales y un medio de ejercer el control y fiscalización de las distintas actuaciones que se lleven a efecto por la Administración Local”. En virtud de este argumento se asegura que el derecho a la información que asiste a los y las concejales “resulta esencial para el funcionamiento democrático” de las Corporaciones. Retrasar la entrega de esta información supone, según el TAN desvirtuar y dejar “sin sentido el derecho constitucional de tales corporativos de participar en los asuntos públicos”. Y todas estas argumentaciones las suscribe el Tribunal Administrativo pese a su obligación de archivar las reclamaciones de EH Bildu puesto que, antes de la emisión de la resolución y precisamente por la interposición de la denuncia, el tripartito de derechas entregó la información, aunque fuera con hasta cinco meses de retraso. 

Todos los recursos presentados por EH Bildu se sustentan, además de en la normativa reguladora de la actividad de las Administración Locales y en abundante jurisprudencia, en los artículos 16 al 20 del Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Pamplona en los que se regula el derecho a la información de los miembros de la Corporación. El artículo 20, específicamente, regula el acceso a la información para ejercer la función de control y fiscalización de los órganos de gobierno municipal, y se fija que el plazo para entregar la información solicitada es de 5 días hábiles.

El retraso en la entrega de información, por las que EH Bildu debió acudir al TAN y de las que ya se tiene resolución, afectan a seis expedientes: El primero es el de las obras de saneamiento y reurbanización de varias calles de la Txantrea, cuya información se solicitó el 26 de julio de 2019 y no se entregó hasta el 9 de octubre (casi tres meses después). Una situación parecida sucede con el expediente sobre los gastos asumidos por el Ayuntamiento en la procesión del Corpus Christi, información que se pidió el 25 de junio y que no se entregó hasta el 20 de noviembre (casi 5 meses después). El tercer caso afecta al convenio con una comunidad de vecinos, información que se solicitó el 1 de agosto y no se entregó hasta el 27 de noviembre (casi 4 meses). La misma situación se produjo con el anuncio de suspensión de obras en el I Ensanche, información solicitada por EH Bildu el 26 de julio de 2019 y no entregada hasta dos meses y medio después (el 9 de octubre). El expediente de determinación de responsabilidades con la Pasarela de Labrit también fue objeto de recurso ante el TAN ya que la información fue solicitada el 26 de julio y no se entregó hasta el 18 de 18 de noviembre (más de tres meses y medio después). Finalmente, el 24 de julio de 2019 EH Bildu pidió información sobre las obras en el frontón del Grupo Urdanoz y no la recibió hasta el 22 de noviembre.

En todos los casos, la coalición soberanista debió acudir al TAN para lograr que el equipo de gobierno trasladará la información y, en todos los casos, se incumplieron los plazos de entrega. Una situación ésta de obstrucción a la labor de control y fiscalización a la acción del gobierno municipal absolutamente fraudulenta y antidemocrática.

 

REFERENCIAS DE LAS RESOLUCIONES:

  • Resolución número 171, de 6 de febrero
  • Resolución número 172, de 6 de febrero
  • Resolución número 264, de 13 de febrero
  • Resolución número 265, de 13 de febrero
  • Resolución número 266, de 13 de febrero
  • Resolución número 267, de 13 de febrero
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