Albisteak

2022-06-22

EH Bildu advierte a Na+ que vulnera hasta cuatro normas distintas al imponer arbitraria y unilateralmente las barras en la Plaza del Castillo

EH Bilduk Na+ koalizioari ohartarazi dio Gazteluko Plazan barrak arbitrarioki eta alde bakarrez ezartzean lau arau urratzen dituela IRUÑEA

Presenta un recurso de reposición ante el propio Ayuntamiento en el que denuncia los incumplimientos y reclama la paralización del expediente  

 

El condicionado que sustenta el expediente de las diez barras en la Plaza del Castillo durante los Sanfermines vulnera hasta cuatro leyes o normas distintas tanto a nivel local, como foral y estatal. Se trata de la Ordenanza de Higiene Alimentaria del Ayuntamiento de Pamplona, de la Ley Foral 14/2018 de Residuos y su Fiscalidad, de la Ley 7/2022 de Residuos y Suelos Contaminados y de la legislación que regula la libre concurrencia en la contratación pública tanto en el Estado como en Navarra. Así se lo advierte el grupo municipal de EH Bildu en Pamplona al equipo de gobierno (Na+) en un recurso de reposición que ha presentado hoy contra ese condicionado. La formación abertzale reseña los diferentes incumplimientos de la legislación y reclama la paralización del expediente.

En primer lugar, EH Bildu advierte que en el condicionado “no existe explicación alguna ni existe informe técnico-sanitario” que justifique que estas barras carezcan de agua corriente y desagües “por lo que cabe pensar que no hay ninguna razón extraordinaria que empuje al Ayuntamiento a contradecir su propia normativa”. Permitir la colocación de estas infraestructuras de esa manera vulnera la normativa local de higiene alimentaria y “es muy grave porque afecta a una cuestión de sanidad pública y se hace con menoscabo de la salud de la ciudadanía”.

“Ni siquiera se exigen unas condiciones mínimas para garantizar un suministro suficiente de agua potable como alternativa a la no existencia de agua corriente”, cuestión que vulneraría lo exigido en la normativa estatal de residuos y suelos contaminados. En segundo lugar, esa norma, en su artículo 18 apartado 3, establece que “en los establecimientos del sector de la hostelería se tendrá que ofrecer siempre a los consumidores, clientes o usuarios de sus servicios, la posibilidad de consumo de agua no envasada de manera gratuita”. “La cuestión raya la prevaricación porque se es perfectamente consciente de cuáles son las exigencias legales”, advierte EH Bildu.

En tercer lugar, el expediente tampoco cumple la normativa foral relativa a Residuos y su Fiscalidad en la que se fomenta el uso de vajilla reutilizable. “La previsión de permitir que los vasos que se vayan a utilizar en esos espacios puedan ser de un solo uso es, justamente, lo contrario de lo que pretende esta normativa”, advierte el recurso que, seguidamente, sentencia: “Pudiendo establecer en el condicionado las previsiones relativas al principio de la menor generación de residuos posible, ha optado este Ayuntamiento por la opción radicalmente contraria”.

Finalmente, el recurso incide en la vulneración del principio de libre concurrencia a la hora de optar a colocar las barras. “No tenemos el más mínimo interés en que sean unas personas o empresas concretas las que gestionen estas instalaciones, pero sí nos preocupa que, por ejemplo, se haya venido sosteniendo en el caso del reparto de las huertas de Etxabakoitz que primar la cercanía (a la hora de la concesión) era ilegal”, recuerda EH Bildu. “No se puede soplar y sorber al mismo tiempo. O se puede restringir la concurrencia por razones de cercanía geográfica o no se puede”, asegura.

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